miércoles, 14 de marzo de 2018

Confesión de acciones que violentan #DerechosHumanos en una empresa

Sandra respondió a una oferta de trabajo como dependienta en la tienda Massimo Dutti del Paseo de Gracia, en Barcelona. A los pocos días de haber pasado la entrevista de trabajo, la mujer recibe una llamada confirmando su próxima incorporación en la empresa. Al firmar el contrato de trabajo, se le presentan las normas de la marca, entre ellas el código de vestir y de imagen. Las normas son básicas y responden a los siguientes criterios: "no piercings ni tatuajes visibles, maquillaje discreto, peinado impecable, calzado limpio y discreto, uñas perfectas y limpias". Un apartado especial está dedicado al cuidado del pelo: "Mantén tu cabello siempre limpio. Si lo llevas suelto, deberás mantener tu melena cuidada. Evita los moños o recogidos improvisados y despeinados. Cuidado con los tonos de tinte estridentes o el efecto raíz, da aspecto descuidado. También debes vigilar las mechas demasiado llamativas". 

Sandra firma y acude al trabajo la semana siguiente con el pelo recogido en una coleta estirada y peinada. Al entrar en el trabajo, su primera responsable le informa de que no se puede acudir al trabajo con el pelo recogido. "Me excuso y comento que lo llevo recogido", ya que en dicho manual no decía lo contrario y, seguidamente "me comenta que no está actualizado, y "debido a este error, empieza con el discurso de mi cabello", explica Sandra.

A partir de ahí, las responsables de la joven dependienta insisten un poco más cada día en que Sandra se corte el pelo, se modifique el tinte de cabello y, por tanto, su apariencia. "Una de estas responsables tiene el cabello más largo que yo", comenta Sandra en el escrito enviado. Después de varios días presionada, Sandra, por no parecer que simplemente es tozudez, le comunica a sus responsables que en pocos meses se va a casar y que pretende tener un color que le gustase. "Su respuesta es contundente: Enhorabuena, pero no sé qué decirte, solo te puedo decir que estás de prueba" escribe Sandra.

Día tras día, la joven dependienta ha estado sujeta a amenazas de despido indirectas por cuestiones físicas, cuando había pasado la entrevista de trabajo en presencial. Sin embargo, Sandra decide cortarse el pelo ya que necesita el trabajo para poder cubrir sus necesidades. También lo hizo "para mostrar que deseaba poder seguir en la empresa, pero no me hice el color porque obviamente necesitaba coger el primer sueldo para poder permitírmelo", según ella cuenta. 

Al presentarse al trabajo el día siguiente, su responsable le agradece el esfuerzo, "pero sin antes hacer una pausa para respirar me comenta que porque no me he hecho el color y si he pensado en hacérmelo de una tonalidad", escribe Sandra. De la misma manera que antes, Sandra contesta amablemente que lleva un tiempo siendo rubia y que le gustaría seguir siéndolo. La respuesta que recibe es la siguiente: "Bueno, Sandra, tienes dos meses de prueba". "En este instante, me derrumbo por dentro" cuenta la joven. No tarda en escribir su renuncia al puesto de trabajo, pese a sus necesidades económicas, y a entregarla por email. Cuando acude a la tienda para recuperar su renuncia firmada por la empresa, la acogen las responsables, sonriendo "de oreja a oreja". Confusa y sorprendida frente a la actitud de las responsables, que no le dieron ni una sola disculpa.

(Tomado del periodico El País https://www.20minutos.es/noticia/3285587/0/una-joven-denuncia-las-exigencias-sobre-su-aspecto-fisico-en-el-trabajo/)

Hay una fina linea entre la identificación de marca y la discriminación, vulnerando Derechos Humanos, máxime si se trata del derecho a la libre personalidad.

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